jueves, 8 de octubre de 2009
Produccion y Gestion.
8.- En los casos de una integración vertical u horizontal de actividades ligadas, o no, a la comunicación social, se deberán establecer regulaciones que promuevan el pluralismo, respeten las incumbencias profesionales y derechos intelectuales de los artistas y demás trabajadores de la comunicación y el espectáculo.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario